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sábado, mayo 18, 2024
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Vea para cuándo calcula Jorge Rodríguez que será el referendo por el Esequibo

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Durante la reunión de trabajo con el Alto Mando Político y Militar ampliado de la Revolución, el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, señaló que las preguntas a proponer para la realización del referéndum consultivo, deben estar dirigidas al pueblo para que decida, de manera directa, cuáles son los pasos que el Ejecutivo debe seguir, para la defensa del territorio Esequibo.

Rodríguez indicó que el referido evento, responde al artículo 71 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que expresa que para los asuntos de especial trascendencia para la nación, puede activarse la iniciativa legislativa con la mayoría de los votos de los diputados, para que se convoque un referéndum consultivo y sea el pueblo quien decida, acerca de los asuntos de trascendental importancia.

Subrayó que hace un año se conformó una comisión especial, presidida por el diputado, Hermann Escarrá, quien trabaja en la elaboración de proyectos de preguntas, que posteriormente, serán debatidas con el Consejo Presidencial para la Defensa del Esequibo.

Referendo este mismo año

Añadió que luego de que sean elegidas las preguntas pertinentes, “nos dirigiremos al Consejo Nacional Electoral (CNE), para que reciba las preguntas y convoque de inmediato el referendo consultivo, y esperamos que sea antes de que termine este 2023”.

Cabe destacar, que esta decisión surgió como respuesta a las aseveraciones del subsecretario para Asuntos del Hemisferio Occidental del Departamento de Estado de Estados Unidos (EE. UU), Brian A. Nichols, quien manifestó su apoyo a Guyana, para explotar los recursos naturales del Esequibo, con lo que se plegó a los intereses transnacionales, y en contra de los derechos legítimos de Venezuela. Acciones que fueron calificadas por Rodríguez, como ignorantes e injerencistas.

Es por ello, que Rodríguez apeló al artículo 13 de la Carta Magna, que reza que el territorio no podrá ser jamás cedido, traspasado, arrendado, ni en forma alguna enajenado, ni aun temporal o parcialmente, a Estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional.

 

 

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