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Instan a la mayor precaución en uso de fuegos artificiales o pirotecnia en temporada decembrina

(Marlene Piña Acosta).– Nelson Pacheco, coordinador regional de la Federación Venezolana de Búsqueda y Rescate, capítulo Carabobo, instó a la mayor precaución o tomar medidas de seguridad con el uso de los fuegos artificiales o pirotecnia en la temporada decembrina, y así evitar accidentes, quemaduras o incendios de estructuras.
El rescatista recordó que existe la Resolución para Regular la Seguridad en la Comercialización al Detal, Almacenamiento, Transporte y Uso de Artificios Pirotécnicos en Venezuela, emanada de la Dirección de Explosivos de la Fuerza Armada Nacional.
Entrevistado por el Diario La Calle, destacó que se trata de una Resolución administrativa emitida en el año 2009, en la cual se indican los criterios de comercialización, venta, almacenamiento y transporte de la pirotecnia.
Precisó que incluso prohíbe la venta a menores de edad, según el artículo 262 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente (Lopnna). Este artículo establece el delito de suministrar fuegos artificiales o pirotecnia con penas de prisión que varían de tres meses a un año si es a un adolescente, y de seis meses a dos años si es a un niño o niña, pudiendo incluir también el cierre del establecimiento comercial.
Además, recordó que esta normativa prohibe terminantemente la venta y comercialización en kioskos y bodegas de estos productos explosivos, como por ejemplo, los llamados bin-laden.
«Si el dueño de una bodega o abasto quiere vender estos productos pirotécnicos tiene que cumplir con la Resolución del año 2009, y tener la aprobación de los Cuerpos de Bomberos y demás autoridades competentes».
Hizo énfasis en que está prohibida la venta de artículos pirotécnicos a menores de edad. Sobre este aspecto, citó que los comerciantes deben establecer criterios de venta,  especialmente de las llamadas «estrellitas» mayormente utilizadas por los niños, sugiriendo que sea bajo la supervisión de los padres, representantes o un adulto, porque así lo indica la Resolución.
Aclaró que una bodega que decida vender pirotécnicos durante el mes de diciembre no debe almacenar estos productos cerca de tableros eléctricos, ni bombonas de gas, ni de elementos inflamables o combustible, ni estar a pocos metros de una estación de servicio. «En este último caso el establecimiento debe, por ejemplo, estar como mínimo ubicado a 500 metros».
Reiteró que están prohibidos los globos del deseo en Venezuela, y recalcó que los pirotécnicos de cualquier tipo por un lado causan lesiones a las personas y por el otro incendios.
«En el caso de los globos del deseo muy solicitados en diciembre, pese a que su comercialización no está autorizada, la gente los enciende, pide los deseos y los dejan libre en el aire con el riesgo a caer en un techo o tendido eléctrico y causar un incendio».
Recalcó que este tipo de artículo está prohibido. Además, recalcó que hay limites a nivel de comercialización, porque va a depender del tipo de establecimiento, bien sea si la venta es por kilos o toneladas en comercios grandes.
Citó que lo que más preocupa son las consecuencias al no saber manipular estos productos, como son las lesiones que pueden llegar a amputaciones o graves quemaduras.
El rescatista reiteró su llamado en cuanto a las medidas de seguridad con la manipulación de estos artículos.
También recordó que la Resolución establece sanciones para quienes incumplan con su contenido en la comercialización, venta, almacenamiento y transporte, cuya vigilancia está a cargo de los Cuerpos de Bomberos y autoridades competentes.
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