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jueves, mayo 2, 2024
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Asamblea inicia proceso para renovar Fiscalía, Contraloría y Defensor del Pueblo

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La Asamblea Nacional inicia este jueves 4 de abril el proceso para elegir nuevo Poder Ciudadano, según consta en el orden de día divulgado por el organismo parlamenario.

Los órganos del Poder Ciudadano son la Fiscalía General, la Contraloría General y la Defensoria del Pueblo, que tendrán renovación este año.

Para este jueves la Asamblea designará y juramentará a un Comité de Evaluación de Postulaciones, previsto en el artículo 279 de la Constitución y el 23 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano.

El artículo constitucional sobre el asunto reza lo siguiente:

“Artículo 279. El Consejo Moral Republicano convocará un Comité de Evaluación de
Postulaciones del Poder Ciudadano, el cual estará integrado por representantes de diversos sectores de la sociedad; adelantará un proceso público de cuyo resultado se obtendrá una terna por cada órgano del Poder Ciudadano, la cual será sometida a la consideración de la Asamblea Nacional. Esta, mediante el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes, escogerá en un lapso no mayor de treinta días continuos, al o a la titular del órgano del Poder Ciudadano que esté en consideración. Si concluido este lapso no hay acuerdo en la Asamblea Nacional, el Poder Electoral someterá la terna a consulta popular. En caso de no haber sido convocado el Comité de Evaluación de Postulaciones del Poder Ciudadano, la Asamblea Nacional procederá, dentro del plazo que determine la ley, a la designación del titular o la titular del órgano del Poder Ciudadano correspondiente”.

Por parte, el artículo 23 de la Ley Orgánica del POder Ciudadano señala lo siguiente:

“Artículo 23
El Comité de Evaluación de Postulaciones se integrará con representantes de diversos sectores de la sociedad, quienes deberán ser venezolanos por nacimiento, y en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, en un número no mayor de veinticinco (25) integrantes, y cuyos requisitos serán establecidos en el Ordenamiento Jurídico Interno del Consejo Moral Republicano, que lo convocará sesenta días antes del vencimiento del período para el cual fueron designados los titulares de los órganos del Poder Ciudadano, a efectos de seleccionarlos mediante proceso público, de conformidad con lo establecido en el artículo 279 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
En caso de no haber sido convocado el Comité de Evaluación de Postulaciones del Poder Ciudadano en el lapso indicado, la Asamblea Nacional procederá a la designación de los titulares de los órganos del Poder Ciudadano en un tiempo no mayor de treinta (30) días continuos”.

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