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viernes, mayo 3, 2024
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La Plataforma Unitaria tiene 20 días para sustituir a María Corina Machado

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Según el anuncio oficial del Consejo Nacional Electoral (CNE) de este martes, la Plataforma Unitaria tendrá, teóricamente, solo 20 días para resolver el asunto de la candidatura presidencial, ya que el 25 de marzo cierra el lapso para registrar formalmente al aspirante que les representará en esa contienda.

Su candidata María Corina Machado, elegida en primarias el pasado 22 de octubre, se mantiene inhabilitada por decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), y por ende no podrá postularse antes del 25 de marzo.

«Hoy, dado lo que ha ocurrido, que pretenden desconocer lo que son los derechos de los venezolanos, escúchenme bien, serenidad y firmeza. Esto es lo que viene, y más trabajo que nunca», afirmó ante una concentración de simpatizantes en el estado Barinas.

¿Solo 20 días?

La Plataforma Unitaria debe resolver el asunto de su candidatura antes del 25, pero no necesariamente tendrá que anunciar su candidato (a) final antes de esa fecha.

Aunque se sabía desde diciembre, cuando el TSJ decidió, que Machado no sería candidata para postular para este 2024, no se sabe si la Plataforma haya adelantado negociaciones en pos de buscar un sustituto.

Se trata de decisiones complicadas porque hay que involucrar a todos los miembros de la alianza y escuchar sus muy diversas opiniones.

No obstante, hay opciones jurídicas que permiten a la Plataforma opositora ganar tiempo. Se puede postular antes del 25 a un nombre, sin la intención de que sea realmente el candidato o candidata, y luego aprovechar las opciones de sustitución o modificación que da el artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPE) para sustituirlo.

Esto dicen los artículos en cuestión:

“Modificaciones

ArtÌculo 63. Las organizaciones postulantes podrán modificar las postulaciones que presenten y, en consecuencia sustituir candidatos o candidatas hasta diez dÌas antes de ocurrir el acto electoral. A tales efectos, el Consejo Nacional Electoral tomará las medidas para informar a los electores y las electoras en el ámbito territorial al que corresponda la elección, sobre la modificación o sustitución realizada. Cuando el tiempo en que se realice la modificación o sustitución resulte insuficiente para realizar el cambio en el instrumento electoral, los votos que se emitan en el mismo se acreditarán al candidato sustituto o la candidata sustituta. Requisitos exigidos al candidato sustituto o a la candidata sustituta.

ArtÌculo 64. La sustitución de un candidato o un candidata constituye una nueva postulación y, en consecuencia, cuando el postulado sustituto o la postulada sustituta no sea un candidato o una candidata previamente admitido o admitida, deber· cumplir con los requisitos establecidos en la presente Ley y su Reglamento.”

El Cronograma Electoral aun no ha sido anunciado completamente por parte del CNE. Por ello es necesario esperar ese cronograma para saber hasta qué dia la Plataforma Unitaria tendrá chance de sustituir un candidato presentado, y que el nombre aparezca en la boleta electoral.

Estas sustituciones han ocurrido en el pasado, siempre bajo las condiciones que establecen esos dos artículos de la Ley.

En los cronogramas anteriores, esto se estableció en dos meses antes de las votaciones. Sin embargo, este es un cronograma de lapsos cortos, ante la inminenciade las votaciones que serán en menos de cinco meses.

 

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